Personal de Servicios de la Junta de Castilla y León

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    Requisitos generales

    Estos son los requisitos generales que deberás cumplir para presentarte a la oposición de Personal de Servicios de la JCyL, conforme a la última convocatoria:

    Enlace a la última convocatoria

    • Nacionalidad. 1. Tener la nacionalidad española. 2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. 3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
      nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. 4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 5. Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos  anteriores se encuentren con residencia legal en España.
    • Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad.
    • Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes del Certificado de Escolaridad o equivalente (o con competencia funcional reconocida en Ordenanza laboral o Convenio Colectivo). Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el  reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
    • Capacidad: Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la competencia funcional a la que aspira a acceder.
    • Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala  de caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, ni pertenecer a la misma competencia funcional a la que se presenta. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
    • Acceso de personas con discapacidad (29 plazas reservadas): Quienes concurran al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria por el turno reservado a personas con discapacidad deberán poseer el grado de discapacidad que les permite acceder a dicho turno el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el día de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo. Los aspirantes por este turno deberán comunicar al órgano gestor del proceso selectivo cualquier modificación en su grado de discapacidad que se produzca durante el desarrollo del proceso selectivo. El órgano gestor resolverá de oficio la incorporación del aspirante, en su caso, al turno general con la puntuación conseguida hasta ese momento. El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún caso la admisión del aspirante al turno reservado a personas con discapacidad. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten  especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempo y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas.

    Proceso selectivo

    El proceso de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

    1. Fase de oposición. Constará de un único ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio. La valoración máxima de esta fase será de veinte (20) puntos.

    Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de setenta (70) preguntas con respuestas múltiples sobre las materias que figuran en el programa. De estas veinticinco (25) preguntas se referirán a las materias comunes y cuarenta y cinco (45) a las materias específicas. Además, los cuestionarios incluirán siete (7) preguntas de reserva para posibles anulaciones, de tal forma que dos (2) preguntas se referirán a las materias comunes y cinco (5) a las materias específicas.

    En el supuesto de que las preguntas de reserva llegasen a agotarse, las posibles preguntas anuladas por encima de las de reserva se tendrán por no puestas, debiendo revisar el Tribunal los coeficientes de puntuación, y adaptándolo al nuevo número de preguntas correctas.

    En la realización de las dos partes de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

    a) Todas las preguntas tendrán el mismo valor, en cada una de las partes del ejercicio.
    b) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que solo una de ellas será correcta.
    c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de la respuesta correcta.
    d) Las preguntas no contestadas ni puntúan ni restan.

    Para responder a las setenta y siete (77) preguntas de este ejercicio, los opositores dispondrán de noventa (90) minutos.

    El ejercicio será calificado de cero (0) a veinte (20) puntos. La calificación mínima para la superación del ejercicio, será al menos, el 60% de la puntuación resultante de la media de las 10 puntuaciones más altas obtenidas por los aspirantes. Se considerará una nota por cada aspirante aunque la misma se repita. No obstante lo anterior, el Tribunal Calificador no podrá declarar en ningún caso que ha superado esta parte del ejercicio un número de aspirantes que suponga más del 400% de las plazas objeto de convocatoria para cada uno de los turnos, salvo empates en el
    marginal.

    2. Fase de concurso. Esta fase de concurso se valorará con un máximo de 10 puntos. La valoración de los méritos se realizará una vez celebrada la fase de oposición y únicamente a los candidatos que la hayan superado. Los méritos no acreditados en tiempo y forma no serán objeto de valoración. La fecha de referencia de méritos es la de finalización del plazo de presentación de
    solicitudes de participación en el proceso selectivo.

    a) Baremo.

    1. Por experiencia en puesto de trabajo de contenido funcional idéntico o equivalente al especificado en el Convenio Colectivo vigente para el personal laboral al servicio de la Administración de Castilla y León, hasta un máximo de 9 puntos, valorando cada mes de servicios de la siguiente manera: 0,05 puntos por servicios prestados en la Administración y Organismos autónomos de Castilla y León y 0,02 puntos por servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

    2. Por títulos académicos reconocidos oficialmente, de nivel igual o superior a los exigidos como requisito para el acceso a las pruebas selectivas y relacionados directamente con la competencia funcional y, en su caso, especialidad y/o especialidad a la que se oposita, 0,50 puntos por cada uno de ellos, hasta un máximo de 1 punto. No será objeto de valoración el título que se aporte como requisito de acceso.

    b) Forma de acreditación. A instancia del interesado se acreditarán los servicios prestados o reconocidos en la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o en sus Organismos
    autónomos, mediante el certificado (Anexo V) expedido por el órgano superior de personal de la Consejería u Organismo Autónomo, en ejemplar duplicado. Uno de los ejemplares será remitido al órgano gestor del proceso selectivo en el plazo de 15 días desde que fue solicitado, y el otro al interesado. Los servicios prestados fuera de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León o de sus Organismos autónomos se acreditarán con el certificado expedido por el órgano competente de dicha Administración, en el que consten la categoría desempeñada, sus funciones, el grupo de cotización y el Convenio colectivo aplicable, al que deberán acompañar el certificado de permanencia en alta en el grupo profesional correspondiente expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Dichas certificaciones deben ser originales o copia auténtica. Estos servicios no serán objeto de valoración en el supuesto de apreciarse discordancia entre la categoría  certificada por la empresa y el grupo profesional por el que se haya cotizado.

    3. Calificación final. La calificación del proceso selectivo se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso, una vez prorrateadas al 85 y 15 por cien, respectivamente. Para determinar dicha cifra se utilizará la siguiente fórmula: 10 (0,85 x nota oposición/puntuación máxima oposición + 0,15 x puntos concurso/puntuación máxima concurso). Las puntuaciones se redondearán al alza en el tercer decimal. Para superar el proceso selectivo el opositor deberá haber aprobado ambas partes del ejercicio, obligatorias y eliminatorias, de la fase de oposición y encontrarse, una vez aplicada la formula descrita anteriormente, por orden de puntuación dentro del número máximo de plazas.

    Temario

    Materia común

    Tema 1. La organización de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: Las consejerías y delegaciones territoriales de la Junta de Castilla y León. Los organismos autónomos.

    Tema 2. El TREBEP: Clases de personal. Derechos y deberes esenciales de los empleados públicos. Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

    Tema 3. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo. Conceptos básicos sobre igualdad, discapacidad y contra la violencia de género.

    Materia específica

    Tema 1. Funciones y contenidos en materia de lavado y planchado de ropa: Recogida, tratamiento y almacenamiento. Manejo de maquinaria. Tipos de ropa, materiales de fabricación y su tratamiento.

    Tema 2. Funciones, procedimientos y contenidos en materia de limpieza de instalaciones, útiles y superficies; herramientas y productos de limpieza.

    Tema 3. Funciones, procedimientos y contenidos en materia de comedores. Gestión de entregas y recogidas de servicios, atención al cliente, limpieza y puesta a punto.

    Tema 4. Prevención de riesgos laborales: Riesgos inherentes a las actividades. Riesgos de seguridad, higiene y ergonomía. Primeros auxilios y medidas de emergencia.

    Tema 5. Símbolos de lavandería. Normas de lavandería.

    Tema 6. Etiquetado de productos. Aspectos ecológicos en la limpieza. Eliminación de residuos.

    Tema 7. Instrucciones higiénicas básicas del personal de limpieza en contacto con los alimentos. Condiciones higiénico-sanitarias.

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