Auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Valladolid
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Requisitos generales
Estos son los requisitos generales que deberás cumplir para presentarte a la oposición de Administrativo de la Universidad de Valladolid, conforme a la última convocatoria publicada en el BOE del 18/11/2020:
Enlace a la última convocatoria
2.1 Nacionalidad.
2.1.1 Tener la nacionalidad española.
2.1.2 También podrán participar:
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.2 Edad. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.3 Titulación. Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de graduado en educación secundaria obligatoria, título de graduado escolar, formación profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
2.4 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de estas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.
2.5 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Proceso selectivo
(Conforme última convocatoria)
El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.
FASE DE OPOSICIÓN
Estará constituida por dos ejercicios, siendo eliminatorio cada uno de ellos.
Primer ejercicio teórico. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado por un máximo de 100 preguntas de tipo test (con opción a cuatro respuestas, siendo solo una de ellas correcta) relacionadas con el temario establecido en el anexo II de la presente resolución. El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las tareas y funciones propias de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid. El tiempo máximo que podrá otorgar el Tribunal para la realización del ejercicio será de noventa minutos.
Para la obtención de la relación de aspirantes que superen la prueba se aplicarán los siguientes criterios:
1. La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula siguiente (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores): A – [E/3]. Las preguntas no contestadas y las respuestas anuladas por el interesado no penalizarán.
2. El ejercicio se calificará sobre un máximo de 30 puntos. Serán considerados aptos los opositores que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta un número máximo de 350 y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 50% de la puntuación directa máxima obtenible del ejercicio.
En el supuesto de que en la última puntuación directa se produzca un empate en un grupo de aspirantes y que en número supere el máximo de aspirantes señalados en el apartado anterior, se incluirán, hasta alcanzar dicho máximo, a aquellos aspirantes que tengan menor número de preguntas erróneas.
3. Los opositores que acierten el número máximo de preguntas válidas obtendrán una calificación de 30 puntos; los opositores que aprueben con la nota de corte (aquella obtenida por el último opositor considerado apto según el criterio anterior) obtendrá una calificación de 15 puntos y el resto de aprobados tendrá una calificación distribuida proporcionalmente entre 15 y 30 puntos en relación con el número de aciertos obtenido (una vez practicada la correspondiente penalización por las respuestas erróneas).
Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir correlativamente, según el orden en el que se presenten las preguntas anuladas en el ejercicio.
Segundo ejercicio teórico-práctico. Consistirá en la realización de un máximo de tres supuestos teórico-prácticos relacionados con el temario establecido en el anexo II de esta convocatoria y las funciones de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid. El contenido de uno de los supuestos deberá versar sobre las materias establecidas en el bloque VI del temario.
Dicho ejercicio contendrá un máximo de veinte preguntas por supuesto teórico-práctico con respuestas múltiples, siendo solo una de ellas correcta. Todos los supuestos contendrán el mismo número de preguntas. El tiempo máximo que podrá otorgar el tribunal para la realización del ejercicio será de noventa minutos. Cada uno de los supuestos teórico-prácticos incluirán un 10% de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir correlativamente las preguntas anuladas, con aquellas de reserva correspondientes de cada uno de los supuestos.
Para la obtención de las puntuaciones del ejercicio se aplicarán los siguientes criterios:
1. La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula siguiente (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores): A – [E/3]. Las preguntas no contestadas y las respuestas anuladas por el interesado no penalizarán.
2. El ejercicio se calificará sobre un máximo de 30 puntos. Serán considerados aptos los opositores que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta un número máximo de 120 y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 50% de la puntuación directa máxima obtenible del ejercicio.
En el supuesto de que en la última puntuación directa se produzca un empate en un grupo de aspirantes y que en número supere el máximo de aspirantes señalados en el apartado anterior, se incluirán, hasta alcanzar dicho máximo, a aquellos aspirantes que tengan menor número de preguntas erróneas.
3. Los opositores que acierten el número máximo de preguntas válidas obtendrán una calificación de 30 puntos; los opositores que aprueben con la nota de corte (aquella obtenida por el último opositor considerado apto según el criterio anterior) obtendrá una calificación de 15 puntos y el resto de aprobados tendrá una calificación distribuida proporcionalmente entre 15 y 30 puntos en relación con el número de aciertos obtenido (una vez practicada la correspondiente penalización por las respuestas erróneas).
FASE DE CONCURSO
Tan solo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar las pruebas que se hayan realizado en la fase de oposición.
Se valorarán los méritos siguientes:
a) Por servicios efectivos prestados dentro de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid o dentro de cuerpos o escalas de personal funcionario de otras administraciones públicas, con funciones iguales o equivalentes a las de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Valladolid (identificables con las del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previstas en el artículo 31.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y conforme al artículo 2.3 de dicha norma legal):
– Por servicios efectivos prestados en la Universidad de Valladolid, a 0,20 puntos por cada mes completo de servicios.
– Por servicios efectivos prestados en otras administraciones públicas (dentro de las comprendidas dentro del artículo 2.1 del TREBEP), a 0,07 puntos por cada mes completo de servicios.
A estos efectos se entenderán que son equivalentes las funciones en puestos de trabajo desempeñados en las categorías de régimen laboral del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León, Oficial de Administración y Técnico de Administración o similares con el mismo requisito mínimo de nivel de titulación para el acceso a sus correspondientes plazas que el de la presente convocatoria.
La puntuación máxima que podrá otorgarse en este apartado será de 30 puntos.
b) Titulaciones académicas: por la titulación superior a la exigida para el acceso hasta un máximo de 2 puntos. Solo se valorará una única titulación, siendo la de mayor nivel académico de entre las que se presenten por el aspirante de acuerdo con el baremo que se indica a continuación:
– Nivel 4 del marco español de cualificaciones para la educación superior (en adelante MECES): 2 puntos.
– Nivel 3 de MECES: 1,5 puntos.
– Nivel 2 de MECES: 1 puntos.
– Nivel 1 de MECES: 0,75 puntos.
– Título de bachiller o titulado de ciclo de formación profesional de grado medio: 0,50 puntos.
Para determinar la puntuación se tendrá en cuenta el marco español de cualificaciones para la Educación Superior (MECES) regulado en el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio; así como el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado, y las resoluciones de equivalencia dictadas al amparo de este Real Decreto. La titulación que se aporte como exigida para el acceso a esta convocatoria no será objeto de valoración.
c) Por cursos de formación sobre materias relacionadas directamente con las funciones propias de la Escala convocada, siempre que su duración sea al menos de veinte horas, 0,08 puntos por cada hora. La puntuación máxima por cursos presentados correspondientes a la misma materia no podrá ser superior a los 4 puntos. Tan solo serán valoradas las horas de formación realizadas dentro de cursos de formación organizados por las universidades públicas, el Instituto Nacional de Administración Pública, la Escuela de Administración Pública de Castilla y León, otros organismos de las administraciones públicas, los organizados por los sindicatos dentro de Acuerdo Nacional de Formación Continua o los colegios profesionales. El tribunal no podrá valorar los cursos de formación a los que no se acompañe un programa detallado del mismo que deberá versar sobre las materias relacionadas objeto de valoración. Los cursos de formación tienen que haber sido impartidos por la propia Administración o instituciones indicadas anteriormente o, en su caso, contratados por estas a empresas especializadas.
La puntuación máxima que podrán otorgarse en este apartado por cursos de formación será de 8 puntos.
Temario
(Conforme última convocatoria)
Bloque I – Normativa general
Tema 1. La Constitución española (I): estructura y contenido. Los principios constitucionales y valores superiores. Derechos y deberes fundamentales: su garantía y
suspensión.
Tema 2. La Constitución española (II): La Corona: Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento.
Tema 3. La Constitución española (III): El Gobierno y la Administración. Las Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. El Poder Judicial.
Tema 4. La Constitución española (IV): La organización territorial del Estado español. Las comunidades autónomas: fundamento constitucional, estatutos de autonomía y proceso de constitución. Distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. La reforma constitucional.
Tema 5. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Título I (disposiciones generales), título II (principios de protección de datos) y título III (derechos de las personas).
Tema 6. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La Ley 3/2015, de 4 marzo, de transparencia y participación ciudadana de Castilla y León. El Acuerdo de 29 de octubre de 2015, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid, por el que se desarrolla en el ámbito de la Universidad de Valladolid, a efectos organizativos, la normativa estatal y autonómica en materia de derecho de acceso a la información pública y reutilización de la misma.
Tema 7. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: conceptos básicos; principios de la acción preventiva; derechos y obligaciones de los trabajadores; órganos de prevención; conceptos básicos sobre seguridad, higiene, ergonomía y vigilancia de la salud; accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Tema 8. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito; el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; políticas públicas para la igualdad; el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades; criterios de actuación de las administraciones públicas y el principio de presencia equilibrada; medidas de igualdad en el empleo y disposiciones organizativas.
Bloque II – Derecho Administrativo y régimen del sector público
Tema 9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Disposiciones generales; de los interesados en el procedimiento; de la actividad de las administraciones públicas: normas generales de actuación. Términos y plazos.
Tema 10. La Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De los actos administrativos: requisitos; eficacia; nulidad y anulabilidad.
Tema 11. La Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: garantías, iniciación, ordenación, instrucción, y finalización del procedimiento. De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. Ejecución.
Tema 12. La Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: De la revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio. Recursos administrativos.
Tema 13. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Título preliminar.
Bloque III. Gestión de personal
Tema 14. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 15. Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
Tema 16. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: Título I, de la relación individual del trabajo (capítulo I, capítulo II –sección primera y segunda–, capítulo III–sección primera, tercera y cuarta–).
Tema 17. El personal funcionario de administración y servicios en la Universidad de Valladolid. Régimen jurídico. Escalas. Selección, promoción y provisión de puestos de trabajo. Formación. Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación en los órganos de gobierno de la universidad.
Bloque IV. Gestión universitaria
Tema 18. Los Estatutos de la Universidad de Valladolid.
Tema 19. Sistema normativo aplicable a las universidades. La Ley Orgánica de Universidades: de las funciones y autonomía de las universidades (título preliminar), de la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las universidades (título I), de la estructura de las universidades (título II), del gobierno y representación de las universidades (título III, capítulo I), coordinación, cooperación y colaboración universitaria (titulo IV), de las enseñanzas y títulos (título VI), de los estudiantes (título VIII), del profesorado (titulo IX, capítulo I), del personal de administración y servicios de las universidades públicas (título X) y espacio europeo de enseñanza superior (título XIII).
Tema 20. La Ley de Universidades de Castilla y León: objeto y principios de la ley (título preliminar), de la coordinación de las universidades (título I), de la creación y reconocimiento de universidades, centros universitarios y enseñanzas (título II) y del consejo social (título III).
Bloque V. Gestión económica-financiera
Tema 21. Régimen económico de la Universidad de Valladolid: Normas presupuestarias y estructura del presupuesto de la Universidad de Valladolid.
Tema 22. Control del gasto público: clases; especial referencia al control de legalidad. Control interno en la Universidad de Valladolid.
Bloque VI. Informática y actividad administrativa
Tema 23. El concepto de documento. Análisis documental: documentos oficiales. Formación del expediente. Documentación de apoyo informativo. El archivo y acceso a los documentos administrativos.
Tema 24. La informática en la oficina: tratamiento de textos (Microsoft Word 2016) y hoja de cálculo (Microsoft Excel 2016). Correo electrónico (conceptos elementales y funcionamiento).